20/07/2015

START UP: Deducciones y beneficios que debes conocer si te planteas invertir en Start ups



Cada vez son más las personas que se animan a emprender. Esta proliferación de start ups viene acompañada de un mayor interés por parte de inversores privados que ven esta opción como una alternativa más atractiva que el ahorro o la inversión en renta variable. En EEUU los Business Angels son la fuente principal de financiación para empresas en fase inicial de desarrollo, aportando un importante combustible de arranque como capital semilla y en Europa vamos por el mismo camino.

La creación en 2013 de la Ley de ayuda al emprendedor, Ley 14/2013, introdujo una serie de incentivos fiscales para esta tipología de inversor tan ligado al mundo de la emprendeduría.

"con el objeto de favorecer la captación por empresas, de nueva o reciente creación, de fondos propios procedentes de contribuyentes que, además del capital financiero, aporten sus conocimientos empresariales o profesionales adecuados para el desarrollo de la sociedad en la que invierten, inversor de proximidad o «business angel», o de aquellos que solo estén interesados en aportar capital, capital semilla, se establece un nuevo incentivo fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas".

En Reino unido ya utilizan este tipo de incentivo y las deducciones pueden llegar hasta el 50% y en Turquía este porcentaje se puede elevar al 75%. En España esta deducción desde la ley aprobada en 2013 supone el 20% en la cuota íntegra del IRPF y se complementa con la exención total de la plusvalía al abandonar la sociedad, eso sí, siempre y cuando se reinvierta en otra Start up.

Hay que tener en cuenta también que existe un importe máximo anual que se va a poder deducir, en este caso 20.000€ anuales. Sin embargo existen también otras deducciones establecidas por algunas comunidades autónomas con anterioridad, que aunque normalmente resultan ser incompatibles con la estatal en ocasiones pueden resultar complementarias.


Si estas pensando en invertir, es conveniente informarse bien de cada caso concreto para conocer todas las ayudas existentes y elegir la más conveniente, ya que no todo el mundo puede acogerse a esta ley. Tanto la Start up en la que vas a invertir como tú debéis cumplir una serie de requisitos. 

Empecemos por los Business Angels:

1- Se debe invertir en el momento de la creación o durante los tres primeros años de vida de la empresa y permanecer en el patrimonio durante un plazo superior a tres años e inferior a doce años, a fin de evitar las inversiones especulativas. 

2-  El porcentaje de acciones que posea junto con el resto de participantes (amigos y familiares)  no puede ser en ningún caso superior al 40% del capital social de la entidad o de sus derechos de voto, evitando con esta limitación que la inversión se haga en empresas familiares.

3-  No puede tratarse de participaciones en una entidad a través de la cual se ejerza la misma actividad que se venía ejerciendo anteriormente mediante otra titularidad. De este modo, se evita la creación de nuevas sociedades con la intención de acogerse al incentivo.

De igual modo, las empresas sobre las que vamos a invertir también deberán cumplir ciertos requisitos.

Son requisitos de la empresa en la que se invierte:

1- Debe tratarse de una de Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima Laboral o Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral.

2- Deberá ejercer una actividad económica que cuente con los medios personales y materiales para el desarrollo de la misma. En particular, no podrá tener por actividad la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. Con este requisito se evita la creación de falsas empresas a fin de encubrir la actividad realizada.

3- El total de los fondos propios de la entidad no podrá ser superior a 400.000 euros en el momento en que se realice la inversión. Esta limitación pretende limitar este incentivo a pequeñas empresas y evitar que las grandes empresas se beneficien.

Para acogernos a la deducción igualmente la empresa tendrá que presentar un informe indicando que todos los requisitos por parte de ambas partes se cumplen.

1 comment:

  1. Es la era de la economía colaborativa , los bancos han pasado de ser nuestra fuente de inversión a una mera herramienta para facilitar pagos. Ahora más que nunca la capacidad de convencer y vender tu "producto" a personas que confíen en ti, será decisiva para poder llevar a cabo tu empresa.
    Sigue escribiendo Sergi! de vez en cuando me paso y aprendo algo!
    Un saludo seguimos en contacto!

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